MADROÑO ÁRBOL NACIONAL DE NICARAGUA

Decreto No. 1891

ARTO. 1. Se declara el Madroño (Callycophyluni candissimun) ÁRBOL NACIONAL DE NICARAGUA.

ARTO. 2. - El Poder Ejecutivo, a través de los Ministerios de Agricultura y Ganadería y de Educación Pública, dispondrá que ese árbol sea sembrado en los parques, plazas, aceras, y autopistas de todo el país y para que sea plantado el DIA DEL ARBOL, en el patio de cada centro de enseñanza de la República.

 

(23 de Agosto de 1971)